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Jordi Barniol Guillem

Servicios profesionales ADR


¿Quiénes somos?

JORDI BARNIOL GUILLEM Servicios Profesionales ADR, es creó en 2020, con el objetivo de, como dice su nombre, dar servicio a las empresas en la gestión de Materias Peligrosas.

Pretendemos tener un hecho diferencial, saber que necesitan las empresas, y, precisamente, ofreciéndoles, sin otra pretensión, ayudar a solucionar problemas, mediante soluciones simples y externalizadas.

En JORDI BARNIOL GUILLEM Servicios Profesionales ADR disponemos de un equipo de profesionales especializados en la Consejería de Seguridad ADR, con más de 30 años de experiencia , que le ayudaremos a dar cumplimiento a la normativa vigente, ya introducir, en su operativa, los procedimientos y prácticas adecuadas para garantizar la seguridad de las personas encargadas de manipular las mercancías peligrosas, minimizando, al mismo tiempo, su impacto en los corderos y en el medio ambiente.

Quienes somos

Servicios

JORDI BARNIOL GUILLEM Servicios Profesionales ADR pone en su sitio disposición la figura del Consejero de Seguridad ADR, posibilitando disponer de este servicio realizando las tareas que obliga a la administración, y de obligado cumplimiento por todas las empresas afectadas por la legislación ADR.

El servicio cubre las actividades que obligatoriamente debe desarrollar el Consejero de Seguridad y que se indican en el punto 1.8.3.3 del acuerdo europeo sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), y que son las siguientes:
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  • Examinar el cumplimiento de las normas aplicables al transporte.
  • Asesorar a la empresa en las operaciones relativas al transporte.
  • Redacción de la memoria anual y su presentación al Departamento de Industria.
  • Redacción y comprobación de los procedimientos de identificación de los productos transportados.
  • Valoración de necesidades específicas relativas al transporte, carga o descarga y en la adquisición de los equipos necesarios.
  • Redacción/ adecuación del protocolo de descarga.
  • Redacción del protocolo de inspección del vehículo (si procede) y confección de las cartas de porte tipo.
  • Formación y sensibilización de su personal, responsable de la de la manipulación, mediante un curso presencial, con una periodicidad bianual.
  • Establecimiento y aplicación de procedimientos de urgencia aplicables en caso de incidente.
  • Investigación, análisis y confección de los “partes” de accidente o incidente.
  • Aplicación de los medios adecuados para evitar la repetición de accidentes o incidentes.
  • Observancia de disposiciones legales en subcontrataciones.
  • Redacción de procedimientos de comprobación y/o check-list que sean necesarios.
  • Colaboración con las autoridades en caso de requerimiento.Comunicación al Departamento de Industria del nombramiento del Consejero de Seguridad.
  • Visita anual de control de documentación e inspección del proceso de descarga.
  • Atención continuada de consultas ADR y almacenamiento de productos químicos.

Aparte de esto, vamos un poco más lejos, y asesoramos a la empresa en todas aquellas cuestiones que afectan a almacenamiento y manipulación de productos químicos.

Servicios

REQUISITO LEGAL DE LAS EMPRESAS

Según normativa, las empresas que deben nombrar consejero (R.D. 97 /2014 y ADR 1.8.3), son toda empresa que transporte mercancías peligrosas por carretera, ferrocarril o vía navegable o que sea RESPONSABLE de las operaciones de carga y/o descarga vinculadas a este transporte.

Es importante tener en cuenta que son las empresas que tienen responsabilidad directa las operaciones de carga, descarga y/o transporte. responsables de la carga, descarga, o transporte de mercancías peligrosas, tendrán que emitir dentro del primer trimestre de cada año el Informe Anual de las citadas actividades, emitido por el consejero de seguridad, previamente designado, ante el Ministerio de Fomento (presentación telemática).

Requisitos legales de las empresas en materia de ADR

Requisitos legales de las empresas en materia de ADR

Las empresas, que por norma general, recepcionan en sus instalaciones:

  • Materias primas , para utilizar en el proceso de fabricación.
  • Combustibles, sean para distribución, o bien, por su uso en maquinaria, vehículos (ejemplo: disponer de un depósito de 1000 o más litros de capacidad) .
  • Productos de limpieza y desinfección, por maquinaria e instalaciones.
  • Productos acabados, para su distribución y venta.

Las empresas, que por norma general, expiden en sus instalaciones:

  • Productos que fabrican, siempre que sean ADR.
  • Productos que distribuyen, siempre que sean ADR.
  • Productos que producen, siempre que sean ADR.
  • Residuos producidos en el proceso de fabricación de carácter perjudicial para el medio ambiente, radiactivo o infeccioso.< /li>

Además, algunas empresas que realizan transporte cuando:

  • Distribuyen productos ADR con vehículos propios.
  • Se suministran o realizan traslados del mismos productos ADR, con vehículos propios.
  • Cuando prestan servicio de transporte de productos ADR: transportistas, agencias, transitarios, etc.

Requisitos legales de las empresas en materia de ADR

Para conocer si las materias que se manipulan son mercancía peligrosa para el transporte, será necesario revisar en la empresa normativa ADR.

  • Objetos, productos y materias que disponen de Ficha de datos de seguridad.

El fabricante o importador está obligado a expedir las Fichas de datos de seguridad de los productos y entregarla a todos sus clientes. Estas fichas deben ajustarse a la normativa, incorporando una amplia información sobre el producto, sus componentes, su peligrosidad, instrucciones en caso de accidente, etc.

En este sentido, las fichas deben especificar en su apartado 14, referente al transporte, si la materia es peligrosa para el transporte, carga o descarga, y en su caso, indicar su clasificación, de acuerdo con los diferentes reglamentos internacionales de transporte de mercancías peligrosas. Si la clasificación se desconoce deberá realizarse las pruebas pertinentes fijadas por la normativa.

  • Residuos.

La expedición de la Ficha de Datos de Seguridad por los residuos no está regulada, por tanto, su clasificación para el transporte deberá realizarla el productor, de acuerdo con la normativa ADR, y en el caso, realizar las pruebas oportunas.Como norma general, la identificación como peligrosa de la materia, objeto, o producto, que estemos manipulando vendrá dada por su número ONU, la clase/etiquetas y el grupo de embalaje.

Requisitos legales de las empresas en materia de ADR

A efectos de la aplicación del Real Decreto 1566 /99 es determinante distinguir las actividades de descarga, o de transporte, que se realizan con vehículos cisterna, o contenedores, del resto que, generalmente, se realizan en bultos: bidones, cajas, botes, botellas, GRG, etc.

  • Si las operaciones, con productos ADR, se realizan con cisternas o contenedores, entonces existe la obligación de disponer de consejero de seguridad y comunicar a las Administraciones competentes el nombramiento del mismo, así como remitir El Informe Anual reglamentario.
  • Si todas las operaciones que se realizan de carga, descarga o transporte de mercancías peligrosas ADR son exclusivamente en bultos, el Real Decreto 1566/99, en su artículo 3 establece algunas excepciones que eximen de nombrar a un consejero de seguridad. Por lo general, estas excepciones hacen referencia a la cantidad transportada por la unidad de transporte.
  • Los límites se establecen en función de la peligrosidad de las mercancías que se transportan, y para la mayoría de productos que se manipulan habitualmente, están establecidos entre 333 y 1000kg. Teniendo en cuenta esto, casi es muy probable, cualquier cantidad que supere los 1000kg, obliga a nominar a un consejero de seguridad.
  • Una forma fácil para conocer si su empresa está obligada a nombrar a un consejero de seguridad es comprobando la señalización de los vehículos que se utilizan en las labores de carga o descarga para el transporte de las mercancías peligrosas. Si el vehículo lleva paneles naranjas en su frontal y la parte trasera del mismo, nos indica que se superan los límites de las posibles excepciones y por tanto, nombrar consejero de seguridad.

¿NECESITO CONSEJERO?

EMPRESAS QUE REQUIEREN NOMBRAR UN CONSEJERO DE SEGURIDAD Y HACER EL INFORME ANUAL

Listado no exhaustivo de empresas que lo requieren:

  • Industria que necesite la Certificación ISO 14001 de gestión ambiental y descargue materias peligrosas.
  • Industria de fabricación o distribución diversa que fabrique, cargue, transporte o descargue adhesivos, barnices, cosméticos, perfumes, detergentes, disolventes, pinturas, tintes, productos químicos en general, combustibles u otras materias peligrosas catalogadas en el ADR.
  • Empresas de transporte especializadas en mercancías peligrosas, sean a granel, en cisterna o en bultos. Y empresas de distribución de combustibles o gases.
  • Estaciones de servicio.
  • Industria agroalimentaria: Cooperativas agrícolas, Industrias alimentarias en general, almacenes de abonos, Piscifactorías.
  • < li>Productores o distribuidores de abonos, productos fitosanitarios y biocidas de higiene veterinaria, insecticidas, fungicidas.
  • Empresas de limpieza o servicios en geriátricos, hospitales, hoteles, lavanderías industriales, grandes restaurantes, complejos deportivos y de ocio.
  • Empresas donde se realiza tratamiento de aguas, sean depuradoras de agua potable, aguas residuales, desalinizadoras, fábricas donde se produce el tratamiento de agua en su proceso industrial, centrales térmicas, centrales termosolares, etc.
  • Canteras, minas y empresas de pirotecnia.
  • Laboratorios farmacéuticos.
  • Hospitales y clínicas.
  • fabricantes de productos cerámicos, esmaltes, pavimentos, pigmentos, etc.
  • Imprentas, fabricantes de papel, plásticos, textil, plantas embotelladoras de agua mineral, distribuidoras de agua potable, fabricantes de licores, de conservas, etc.

Empresas que requieren nombrar un consejero de seguridad

Contacto

JORDI BARNIOL GUILLEM


Servicios profesionales ADR
Carretera de Manlleu, 14, 08500 Vic, Barcelona
+34 649 823 668
adr@jordibarniol.com
www.jordibarniol.com
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